include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: A-2RO-494-C3-14
N° Receptoría: A-2RO-494-C2014
Fecha: 2014-10-07
Carátula: ZGAIB JALIL C/ ZGAIB CARLOS Y OTRO S/ COBRO DE PESOS (Ordinario)
Descripción: INICIO
ZGAIB JALIL C/ ZGAIB CARLOS Y OTRO S/ COBRO DE PESOS (Ordinario)
//neral Roca, 07 de octubre de 2014.-ca
Por presentado, parte y con domicilio en los términos de los Art. 40 y 41 del C.P.C y C.
De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a ZGAIB CARLOS Y ZGAIB RAMON por el término de QUINCE días (art. 338 C.P.C.), a quienes se cita y emplaza para que la contesten conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula.-
Téngase presente la prueba ofrecida y hágase saber lo dispuesto por el art. 360 CPC.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
PREVIO A TODO, acredítese el cumplimiento de la instancia de mediación previa obligatoria conforme lo denunciado a fs.34, acápite v.
Deposítese en caja fuerte la documental original acompañada.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Juez
NOTA: De haberse depositado la documentación original obrante a fs.16/32
<*****>
Poder Judicial de Río Negro