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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40801
Fecha: 2014-10-07
Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ BARBERO Rodrigo Emanuel S/ EJECUTIVO
Descripción: NULIDAD DE LA CEDULA//PRESTAMO DR DETLEFS
AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ BARBERO Rodrigo Emanuel S/ EJECUTIVO
//neral Roca, 7 de octubre de 2014.-w
Al punto 1, agréguese y téngase presente la conformidad prestada por Caja Forense.-
Al punto 2, agréguese.-
Previo al libramiento de fondos solicitado, atento las constancias de fs. 7, lo dispuesto por la Cámara Civil de Apelaciones en los autos: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/HENRIQUEZ ELIANA PATRICIA S/EJECUTIVO (36377-J5-13), decrétase la nulidad de la notificación de fs.10-
Líbrese nueva en iguales condiciones a las ordenadas a fs. 7 haciéndole saber al oficial de justicia que de la lectura del acta respectiva deberá surgir el cumplimiento de los recaudos exigidos por los arts. 140/141 del C.P.C.C..-
Al punto 6 y 7, téngase presente.-
Al punto 8, concédese el préstamo solicitado por el término de tres días.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro