Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40801

N° Receptoría:

Fecha: 2014-10-07

Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ BARBERO Rodrigo Emanuel S/ EJECUTIVO

Descripción: NULIDAD DE LA CEDULA//PRESTAMO DR DETLEFS

AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ BARBERO Rodrigo Emanuel S/ EJECUTIVO

//neral Roca, 7 de octubre de 2014.-w

Al punto 1, agréguese y téngase presente la conformidad prestada por Caja Forense.-

Al punto 2, agréguese.-

Previo al libramiento de fondos solicitado, atento las constancias de fs. 7, lo dispuesto por la Cámara Civil de Apelaciones en los autos: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/HENRIQUEZ ELIANA PATRICIA S/EJECUTIVO (36377-J5-13), decrétase la nulidad de la notificación de fs.10-

Líbrese nueva en iguales condiciones a las ordenadas a fs. 7 haciéndole saber al oficial de justicia que de la lectura del acta respectiva deberá surgir el cumplimiento de los recaudos exigidos por los arts. 140/141 del C.P.C.C..-

Al punto 6 y 7, téngase presente.-

Al punto 8, concédese el préstamo solicitado por el término de tres días.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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Poder Judicial de Río Negro