Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0639/2014

N° Receptoría: D-1VI-1789-C2014

Fecha: 2014-10-02

Carátula: BARITOLI CIRO DANIEL C/ GONZALEZ MATEO FRANCISCO Y OTRA S/ EJECUTIVO

Descripción: Providencia

EXPTE. Nº 0639/2014 S/ EJECUTIVO

Viedma, de octubre de 2014.-

Proveyendo a fs 67: Teniendo en cuenta que el mandamiento ordenado en los presentes autos lo fue en la persona de la Sra. Juez de Paz de Gral. Conesa, y toda vez que su efectivización fue realizada por el Oficial de Justicia Buonaventura, practíquese el informe que corresponda. A tal fin líbrese oficio y, atento la urgencia, adelántese vía fax.-

Proveyendo a fs. 94/96: Por ratificada la gestión invocada por el Dr. Caccamo.-

Tiénese presente lo manifestado.-

A lo peticionado respecto a la designación de un depositario judicial no ha lugar, toda vez que los semovientes en cuestión han sido puestos a disposicion de SENASA, Autoridad Sanitaria Nacional.-

Atento el estado de autos, levántese la reserva de las actuaciones.-

Rosana Calvetti

Juez

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