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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0346/2006
Fecha: 2006-07-04
Carátula: ABEL ADRIANA NATALIA C/ VALDEZ RUBEN HORACIO Y OTRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: INIC.SUMARIO
EXPTE. N° 0346/2006
CARATULA: ABEL ADRIANA NATALIA C/ VALDEZ RUBEN HORACIO Y OTRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, julio de 2.006.-
Por presentada, parte y por constituído el domicilio. Agréguese la documental acompañada.-
Toda vez que las copias acompañadas carecen de validez legal por ser fotocopias simples, devuélvanse las mismas a su presentante.-
Por promovida demanda, la que tramitará según las normas del proceso sumario (art. 320 Cód. Procesal), córrase traslado de ella a los demandados Rubén Horacio Valdez y Carlos Alejandro Mendoza por el término de diez (10) días, a quienes se cita y emplaza para que la contesten en el plazo indicado, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59 y 356 del C.P.C.C., opongan excepciones y acompañen la prueba documental de que intenten valerse (arts. 333, 356 y 488 Cód. citado). Notifíquese por cédula con entrega de las copias de ley (idem arts. 339, l35 inc.1*). Martes y viernes para notificaciones por Secretaría (art. 133 Cód. Procesal).-
R.B.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
NOTA: De haberse devuelto fotocopias conforme lo ordenado precedentemente. Conste.-
Secretaría, julio de 2006.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro