Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0796/2014

N° Receptoría: H-1VI-19-C2014

Fecha: 2014-09-26

Carátula: OSORIO SUSANA ISABEL S/ AMPARO

Descripción: inicia amparo

EXPTE. Nº 0796/2014

OSORIO SUSANA ISABEL S/ AMPARO

Viedma, de septiembre de 2014.-

Por presentado, parte en el carácter de gestor procesal y por constituido el domicilio. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo de 10 días de conformidad con lo previsto por el art. 48 del CPCC.-

Por promovida acción de amparo por parte de la sra. SUSANA ISABEL OSORIO en representación de su hijo JOSE VICTOR MOLINA en los términos del art. 43 de la Constitución Provincial.-

Atento lo manifestado y estado de autos, líbrese oficio al Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro a fin de que informe en el término de 24 hs. y bajo apercibimiento de desobediencia judicial:

a) el estado en que se encuentra el Expediente Nº 93365/14 donde tramita el pedido del menor José Victor Molina y remita copia certificada; y

b) manifieste si ha existido respuesta a dicho pedido y en caso negativo, brinde las razones tenidas en cuenta para ello.-

Líbrese oficio los Dres. Fernando Casal y Oviedo para que dentro del plazo de 24 horas, realicen un resumen de la historia clínica del menor José Víctor Molina, y manifiesten acerca de la necesidad de su intervención quirúrgica y, en su caso, la necesidad de contar para ello con el material que se solicita (tornillos y clavijas) y las consecuencias que su carencia acarrea al paciente como también así las de la demora en su provisión .-

Líbrese oficio al Hospital de Las Grutas y de San Antonio Oeste, a fin que remitan la historia clínica de José Víctor Molina.-

Ofíciese, habilitándose a tal fin días y horas inhábiles debiendo efectivizar la entrega de manera personal a sus destinatarios ó persona autorizada a tal efecto y en su caso vía postal pudiendo adelantarse por fax.-

A lo demás oportunamente.-

Asimismo aclárese lo peticionado respecto a la medida cauetalr solicitada y en su caso, se proveerá.-

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro