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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0378/2014
N° Receptoría: B-1VI-74-C2014
Fecha: 2014-09-26
Carátula: BANCO DEL CHUBUT S.A. C/ CASTRO CRISTINA GRACIELA S/ COBRO DE PESOS (Sumarísimo)
Descripción: DECLARA REBELDIA
EXPEDIENTE N° 0378/2014
AUTOS: BANCO DEL CHUBUT S.A. C/ CASTRO CRISTINA GRACIELA S/ COBRO DE PESOS (Sumarísimo)
Viedma, de septiembre de 2014.-
Conforme a lo solicitado, lo que resulta de la documentación obrante en autos e informando en este acto el Actuario, encontrarse vencido el término acordado a la accionada para contestar la demanda y comparecer a estar a derecho sin que lo hubiere efectuado, désele por decaído el derecho que para hacerlo tenía y hágase efectivo el apercibimiento previsto por el artículo 59 del Código Procesal Civil y Comercial y declárese rebelde en juicio a la demandada sra. Cristina Graciela Castro.-
Notifíquesele esta providencia en la forma prevista por la citada disposición legal.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
Luciano Minetti Kern
Secretario
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Poder Judicial de Río Negro