Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36081

N° Receptoría:

Fecha: 2006-07-03

Carátula: NIASA- Nissho Iwai Arg. SA C/BAVASTRI Elsa S. y Otros S/ Ejecutivo

Descripción: se ordena embargo.-

//neral Roca, 03 de JULIO de 2006.-

Al punto I, líbrese oficio al departamento de habilitaciones de la Municipalidad de Villa Regina a los fines solicitados.-

Al punto II, téngase presente el bien denunciado y trabése embargo sobre la parte indivisa que tiene y le corresponde el codemandado a cuyo efecto y para su toma de razón librese oficio al RPI correspondiente, haciendose efectiva la medida siempre y cuando sea titular el Sr. Luis Enrique Reina DNI 14.853.643 por la suma de $ 13.093,42 en concepto de capital con más la de $ 5000 calculados para intereses y costas.-

Requiérase asimismo, condiciones de dominio, gravamen e inhibiciones.-

Oportunamente, notifiquese al accionado el embargo precedentemente ordenado.-

Al punto III, téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón líbrense los oficios a los Bancos: La Pampa, Nación Argentina, Macro Bansud y Patagonia SA sucursal Villa Regina, haciendose efectiva la medida por el capital más costas indicados precedentemente, debiendose abstener en caso de tratarse de cuentas sueldos.-

Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al BANCO PATAGONIA SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-

Oportunamente, notifiquese al accionado el embargo precedentemente ordenado.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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