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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36081
Fecha: 2006-07-03
Carátula: NIASA- Nissho Iwai Arg. SA C/BAVASTRI Elsa S. y Otros S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena embargo.-
//neral Roca, 03 de JULIO de 2006.-
Al punto I, líbrese oficio al departamento de habilitaciones de la Municipalidad de Villa Regina a los fines solicitados.-
Al punto II, téngase presente el bien denunciado y trabése embargo sobre la parte indivisa que tiene y le corresponde el codemandado a cuyo efecto y para su toma de razón librese oficio al RPI correspondiente, haciendose efectiva la medida siempre y cuando sea titular el Sr. Luis Enrique Reina DNI 14.853.643 por la suma de $ 13.093,42 en concepto de capital con más la de $ 5000 calculados para intereses y costas.-
Requiérase asimismo, condiciones de dominio, gravamen e inhibiciones.-
Oportunamente, notifiquese al accionado el embargo precedentemente ordenado.-
Al punto III, téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón líbrense los oficios a los Bancos: La Pampa, Nación Argentina, Macro Bansud y Patagonia SA sucursal Villa Regina, haciendose efectiva la medida por el capital más costas indicados precedentemente, debiendose abstener en caso de tratarse de cuentas sueldos.-
Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al BANCO PATAGONIA SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifiquese al accionado el embargo precedentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro