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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37041
Fecha: 2006-07-04
Carátula: CARRERA Luis Benigno c/FRUTOS DEL VALLE SRL S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena embargo.-
//neral Roca, 04 de JULIO de 2006.-
Por presentado en el carácter invocado (art.48 del CPC), gestión que deberá ser ratificada.-
Téngase presente el bien denunciado y trábese embargo sobre el reintegro por exportaciones o cualquier otro saldo que tenga a percibir la demandada a cuyo efecto y para su toma de razón librese oficio a la AFIP, haciendose efectiva la medida por la suma de $ 9.756,84 en concepto de capital con más la suma de $ 3.900 calculados para intereses y costas.-
Los fondos embargados deberán ser transferidos al BANCO PATAGONIA SA sucursal local a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifiquese a la demandada el embargo precedentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro