include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 29470III
Fecha: 2006-07-04
Carátula: Sucesión de GONZALEZ Eleodoro c/PISANI y VIGLIONI y otros S/ Usucapion
Descripción: a cedula//a defensoria
-3-
CEDULA DE NOTIFICACION
SUCESION DE GONZALEZ LEODORO
DR. SANTIAGO NILO HERNANDEZ Y OSCAR PABLO HERNANDEZ
ESPAÑA 1.759 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “SUCESION DE GONZALEZ LEODORO C/PISANI Y VIGLIONI ROSALIA CATALINA Y OTROS S/USUCAPION” (29.470-III-00) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la resolución que dice: General Roca, 29 de junio de 2.006.. FALLO: Haciendo lugar a la demanda promovida por la SUCESION de LEODORO GONZALEZ contra ROSALIA CATALINA, ANDRES JOSE BENITO, ALBERTO BLAS SALVADOR, PEDRO FRANCISCO RICARDO, RICARDO FAUSTINO IRINEO, MARIA TERESA EUSEBIA y ELENA ANA de apellidos PISANI VIGLIONE y en su consecuencia declarar adquirido por prescripción a favor de los actores el inmueble identificado como fracción B, mitad sur del lote 14, sección XXVI de la localidad de Cervantes, con una superficie de 5.000 Has., inscripto al T.19, F.791, Finca 4038.-Costas a la parte actora. Difiérese la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a ese fin.-Oportunamente practíquese liquidación de impuestos y contribuciones y líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a los fines de la inscripción.- Notifíquese y regístrese .- .FALLO: -Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.
Se acompaña copia de fs. 207/210.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 04 de julio de 2.006.-.-
...............................................
María del C. Villalba
Secretaria
<*****>
Poder Judicial de Río Negro