Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37041

N° Receptoría:

Fecha: 2006-07-04

Carátula: CARRERA Luis Benigno c/FRUTOS DEL VALLE SRL S/ Ejecutivo

Descripción: se ordena embargo.-

//neral Roca, 04 de JULIO de 2006.-

Por presentado en el carácter invocado (art.48 del CPC), gestión que deberá ser ratificada.-

Téngase presente el bien denunciado y trábese embargo sobre el reintegro por exportaciones o cualquier otro saldo que tenga a percibir la demandada a cuyo efecto y para su toma de razón librese oficio a la AFIP, haciendose efectiva la medida por la suma de $ 9.756,84 en concepto de capital con más la suma de $ 3.900 calculados para intereses y costas.-

Los fondos embargados deberán ser transferidos al BANCO PATAGONIA SA sucursal local a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-

Oportunamente, notifiquese a la demandada el embargo precedentemente ordenado.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro