Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 00223-14

N° Receptoría: C-3BA-56-CC2014

Fecha: 2014-09-25

Carátula: COBARRUBIA, HUGO / MUNICIPALIDAD DE DINA HUAPI S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Descripción: Tiene por presentado. Deniega apelación. Tiene presente como defensa.

COBARRUBIA, HUGO C/ MUNICIPALIDAD DE DINA HUAPI S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (00223-14).

San Carlos de Bariloche, 25 de septiembre de 2014.

I) A fs. 41/43:

A) Por presentado en el carácter invocado. Por constituido el domicilio.

B) Deniégase la apelación interpuesta porque lo resuelto no causa gravamen irreparable en el trámite posterior del proceso ya que la caducidad de la instancia jurisdiccional puede oponerse como defensa. Por lo mismo, no se trata tampoco de una resolución definitiva ni resulta por ende apelable ya que, en virtud de la doctrina del STJRN, en los juicios contencioso administrativos sólo es apelable la sentencia definitiva (STJR-S4, 19/02/2002, "Bernardi", 070/02; STJRN-S4, 22/03/2006, "CPN", 032/02; STJRN-S4, 03/07/2012, "Coca Cola Polar", 083/02; etcétera).

C) Sin perjuicio de lo anterior, hágase saber que el planteo formulado (caducidad de la instancia jurisdiccional) será tenido como defensa y que se proveerá lo que corresponda una vez contestada la demanda o vencido el plazo para contestarla.

II) A fs. 44:

A) Téngase presente la reserva formulada.

B) Estese al punto I-C que antecede.

Emilio Riat

Presidente de Cámara

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