Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 15833-026-10

N° Receptoría:

Fecha: 2014-09-25

Carátula: ASTORGA LORENA JULIANA / PADILLA DIANA CONSTANZA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: oficio ampliatorio para produccion pericia

ASTORGA LORENA JULIANA C/ PADILLA DIANA CONSTANZA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario) (15833-026-10).

San Carlos de Bariloche, 23 de septiembre de 2014.

I) Sin perjuicio de resultar lo solicitado indirectamente una revocatoria extemporánea contra el auto de fs.1351, atento las particularidades del caso, en los términos de la resolución de fs.1322/1323, hágase saber que en el nuevo oficio ordenado deberá transcribir dicha resolución, la reseña sobre las particularidades del caso (punto 3 del escrito en despacho) y hacer saber que la actora goza de beneficio de litigar sin gastos

II) Téngase presente a los autorizados para el diligenciamiento.

III) Atento lo expresamente solicitado suscribo el presente en carácter de vicepresidente.-

CARLOS CUELLAR

vicepresidente

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro