Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 42198

N° Receptoría:

Fecha: 2014-09-23

Carátula: LEMA Juan S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: PREVIO A LA INSCRIPCION

"LEMA Juan S/ SUCESION AB INTESTATO"

(Expte. Nro. 42198)

//neral Roca, 23 de septiembre de 2014.-s

Proveyendo a fs. 85: Agréguense los libres deudas acompañados y los certificado de dominio, gravamenes e inhibiciones del causante y téngase presente lo manifestado en el punto II.-

Al III: Siendo un trámite bancario lo requerido, estése a lo ordenado a fs. 62, último párrafo..-

Hágase saber que los informes tienen una vigencia de quince días (ART. 24 LEY 17801, LEY K810 ).

Asimismo y por razones de economía procesal y a fin de evitar el vencimiento de tal documental, acompáñese en forma íntegra y en un solo escrito lo requerido (en lo pertinente, Ley 17.801, Ley Provincial K 810, Decreto 1720).- Previo a aprobar la partición y adjudicación y ordenar la inscripción de la declaratoria de herederos junto con el convenio de adjudicación y partición, acompáñense los certificados de condiciones de dominio del bien inmueble, libre inhibición del causante y Juan Pablo Lema e Ilde Amalia Axt Gutierrez y libre deudas actualizados.

Cumplido todo lo anterior se evaluará lo pedido a fs. 56.

Se deja constancia que a fs. 67 y 73 se encuentra la Conformidad de Caja Forense y a fs. 62 se encuentra la conformidad de la Agencia de Recaudación Tributaria.-

Proveyendo a fs. 87: Agréguese y téngase presente.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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