include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 42198
Fecha: 2014-09-23
Carátula: LEMA Juan S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: PREVIO A LA INSCRIPCION
"LEMA Juan S/ SUCESION AB INTESTATO"
(Expte. Nro. 42198)
//neral Roca, 23 de septiembre de 2014.-s
Proveyendo a fs. 85: Agréguense los libres deudas acompañados y los certificado de dominio, gravamenes e inhibiciones del causante y téngase presente lo manifestado en el punto II.-
Al III: Siendo un trámite bancario lo requerido, estése a lo ordenado a fs. 62, último párrafo..-
Hágase saber que los informes tienen una vigencia de quince días (ART. 24 LEY 17801, LEY K810 ).
Asimismo y por razones de economía procesal y a fin de evitar el vencimiento de tal documental, acompáñese en forma íntegra y en un solo escrito lo requerido (en lo pertinente, Ley 17.801, Ley Provincial K 810, Decreto 1720).- Previo a aprobar la partición y adjudicación y ordenar la inscripción de la declaratoria de herederos junto con el convenio de adjudicación y partición, acompáñense los certificados de condiciones de dominio del bien inmueble, libre inhibición del causante y Juan Pablo Lema e Ilde Amalia Axt Gutierrez y libre deudas actualizados.
Cumplido todo lo anterior se evaluará lo pedido a fs. 56.
Se deja constancia que a fs. 67 y 73 se encuentra la Conformidad de Caja Forense y a fs. 62 se encuentra la conformidad de la Agencia de Recaudación Tributaria.-
Proveyendo a fs. 87: Agréguese y téngase presente.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
<*****>
Poder Judicial de Río Negro