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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 42412
Fecha: 2014-09-22
Carátula: BADARACCO Lidia C/ PLAN OVALO S.A.de Ahorro para fines determinados y SAPAC S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: TRASLADO PERICIA EN SISTEMA//SE ORDENA OFICIO
"BADARACCO Lidia C/ PLAN OVALO S.A.de Ahorro para fines determinados y SAPAC S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)"
(Expte. Nro. 42412)
Sra. Jueza:
Informo a Ud. Que encontrándose comprendida dentro de la causal prevista en el art. 17 inc. 1º del CPC y C y ello con relación al Dr. Diego Andrés Janavel Tejada -concubino desde hace varios años y teniendo un hijo en común-, he de excusarme de intervenir en la presente causa.-
Secretaría, 22 de septiembre de 2014.s-
ANAHI MUÑOZ
Secretaria
General Roca, 22 de septiembre de 2014.s-
Téngase presente lo informado y en consecuencia, las providencias, oficios y demás trámites que deban ser suscriptas por la Actuaria, deberán serlo por la subrogante legal. -
Proveyendo a fs. 516/28: De la pericia informática, traslado.-
Proveyendo a fs. 529: Atento las constancias de fs. 359/60, líbrese oficio reiteratorio al Departamento Federal Control de Ahorro de la Inspección General de Justicia, en iguales condiciones al ordenado a fs. 270.-
A lo solicitado en el punto II, no ha lugar por no corresponder, siendo prueba a cargo del demandado, arbitre los medios necesarios para acompañar las constancias que estime corresponder.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro