Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0699/2004

N° Receptoría:

Fecha: 2006-07-03

Carátula: GALIANO MIGUEL C/ MASELLO CARLOS JOSE S/ EJECUTIVO

Descripción: embargo y oficio cobro

EXPTE. Nº 0699/2004

CARATULA: GALIANO MIGUEL C/ MASELLO CARLOS JOSE S/ EJECUTIVO

Viedma, julio de 2006.-

Atento lo peticionado y constancias de la causa, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar a los Dres. Manuel Maza y/o Leandro Sferco y a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 91,79 en concepto capital e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-

De acuerdo a lo solicitado, trábese embargo sobre los haberes que percibe el demandado CARLOS JOSE MASELLO en las proporciones de ley, como empleado de Policía de Rio Negro, hasta cubrir la suma de $ 6 en concepto de saldo de liquidación, con más la suma de $ 50 presupuestados provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al mencionado Organismo, haciéndole saber que las sumas retenidas deberán ser depositadas en el Banco Patagonia S.A. a la orden del suscripto y como perteneciente a autos.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro