Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38571

N° Receptoría:

Fecha: 2014-09-19

Carátula: ECHEVERRIA Maria Alicia, ECHEVERRIA Pablo y ABACA Clara S/ PROCESO SUCESORIO (Ex 107-XVI-08)

Descripción: PREVIO A LIQUIDAR IMPUESTOS

"ECHEVERRIA Maria Alicia, ECHEVERRIA Pablo y ABACA Clara S/ PROCESO SUCESORIO (Ex 107-XVI-08)"

(Expte. Nro. 38571)

//neral Roca, 19 de septiembre de 2014.-s

Agréguese la declaración jurada patrimonial acompañada.-

Previo a todo deberá suscribir el escrito presentado el heredero declarado en autos.

Considerando que tres resultan ser los causantes en este proceso, manifiestei si los denunciados constituyen los únicos bienes que comprenden el acervo, por cuanto de fs. 61 se desprende la titularidad de Clara Abaca.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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