include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0129/2009
Fecha: 2014-09-18
Carátula: SIKICH MAGDALENA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Descripción: aprueba liquidación
EXPTE. Nº 0129/2009
CARATULA: SIKICH MAGDALENA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Viedma, de septiembre de 2014.-
Por contestado el traslado conferido a fs. 286.-
Atento la cuestión suscitada entre las partes respecto a la liquidación practicada, corresponde tener en cuenta que en relación al monto del capital, deberá estarse al establecido en la sentencia dictada en autos cuyo monto fuera aclarado a fs. 202, esto es $ 41.485 al 30/09/12, desde allí se computarán intereses a la tasa activa; con respecto a la regulación de honorarios efectuada por la Cámara de Apelaciones, en la resolución de fs. 236/243 estableció el 30 % (09/10/13) y a fs. 270/272 estableció el 35 % (23/04/14), porcentuales a aplicarse sobre los montos que correspondan en primera instancia, y los intereses deberán computarse desde la fecha en que fueran realizadas dichas regulaciones a la tasa activa, en consecuencia:
Capital ($ 41. 485) -30/09/12 al 31/08/14 $ 57.741
Hon. 1ra. Inst. ($ 13.206) -30/09/12 $ 18.383
Hon. Apel. (30 % de $ 13.206) $ 3.962 -09/10/13 $ 4.760
Hon. Cas. (35 % de $ 13.206) $ 4.622 -23/04/14 $ 5.023
Total de Honorarios al 31/08/14 $ 28.166
aporte a caja forense $ 1.408
Honorarios perito contador $ 1.886 -30/09/12 al 31/08/14 $ 2.625
aporte CPCE $ 131
Atento ello, corresponde aprobar la liquidación practicada precedentemente.-
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro