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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0746/2013
N° Receptoría: A-1VI-105-C2013
Fecha: 2014-09-18
Carátula: ABBATE MURCIA MARTIN DIEGO C/ MAPFRE ARGENTINA ART S.A. S/ COBRO DE PESOS (Ordinario)
Descripción: PROVEE PRUEBA - FIJA AUDIENCIA ART. 368 DEL C.PR.
EXPTE. Nº 0746/2013
AUTOS: ABBATE MURCIA MARTIN DIEGO C/ MAPFRE ARGENTINA ART S.A. S/ COBRO DE PESOS (Ordinario)
Viedma, de septiembre de 2014.-
Atento al estado de autos y el resultado de la audiencia prevista por el art. 361 del CPCC que da cuenta el acta obrante a fs. 166, provéase la prueba ofrecida por las partes, a saber:
PRUEBA ACTORA (Abbate Murcia)
DOCUMENTAL: La obrante a fs. 2/102.-
DOCUMENTAL EN PODER DE LA DEMANDADA: De conformidad con lo dispuesto en el art. 388 del CPCC intímase a la demandada Mapfre Argentina ART S.A. para que dentro del plazo de 5 días presente ante este Juzgado toda la documentación solicitado por la parte actora a fs. 115 punto 7.2 incisos 1 a 5 y a fs. 157/158 con relación a la presente acción, bajo apercibimiento de lo dispuesto en la citada norma legal. Notifíquese.-
DOCUMENTAL EN PODER DE TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el art. 389 del CPCC hágase saber al Correo Oficial de la República Argentina S.A. y al Correo Andreani que dentro del plazo de 5 días deberán presentar ante este Juzgado las cartas documento solicitado por la parte actora a fs. 158 identificada como 3.1. y 3.2., respectivamente, con relación a la presente acción. Notifíquese.-
INSTRUMENTAL: Líbrense oficios a: 1) Comisión Médica nº 18 de esta ciudad para que remita el Expte. nº 018-L-00592/12 (expediente de origen nº 110415/12) y/o cualquier otro que se encuentre en sus registros y se refiera a período en que Sahiueque trabajó para el actor desde mayo 2012 en adelante. 2) Dirección de Comercio Interior de Río Negro, para que remita las actuaciones administrativas caratuladas: "Abbate Murcia Martín Diego c/ Mapfre Argentina S.A.", Expte. nº 011065-DCI-13 del registro del Ministerio de Economía de esta provincia. 3) Cámara del Trabajo de esta ciudad, para que remita si su estado lo permite y "ad effectum videndi et probandi" los autos caratulados: "Sahiueque Matías Ezequiel c/ Mapfre Argentina ART S.A. s/ Accidente de Trabajo"
INFORMATIVA: Líbrense oficios a: 1) AFIP Viedma a los efectos de que informe: a) si los 11 formularios 931 de la AFIP que se acompañan fueron efectivamente pagados. b) por quién fueron abonados c) si por el período 08/2012 al 08/2013 el actor debe cargas sociales respecto de su ex empleado Sahiueque. 2) oficina de Mapfre de Viedma a los efectos que indiquen: a) si en esa oficina recibieron las notas agregadas a fs. 38/40 y 42/45. b) qué hicieron en esa oficina con las notas recibidas y arriba indicadas, es decir, si fueron archivadas o bien remitidas a otra oficina, en su caso, indique dónde. c) qué relación tienen los sres. Roberto Arborelo y Mónica Otermin firmantes de ambas notas en esa oficina. 3) al Correo Oficial de la República Argentina S.A. para que respecto de las CD, Seguimiento de las CD y de los Telegramas obrantes a fs. 21/22; 23; 24/26; 27/30; 58/60; 63/65; 67/69; 61; 62 y 66, respectivamente, informe: a) quién las remitió o envió, b) en qué domicilio fueron recibidas, por quién y en qué fecha, c) en caso de que las mismas no hayan llegado a destino o a su destinatario indique las razones y d) informe sobre la veracidad de las copias que se acompañan y la información allí contenida y que fuera agregada o consignada por esa dependencia. 4) al Correo Andreani de Viedma a fin de que con respecto a la CD obrante a fs. 54, informe: a) quién la remitió o envió, b) en qué domicilio fue recibida, por quién y en qué fecha y c) informe sobre la veracidad de la copia que se acompaña.-
Para el diligenciamiento de los oficios ordenados precedentemente se deberá proceder a la desglosar la documentación respectiva, debiendo acompañar copias para dejar en su reemplazo.-
RECONOCIMIENTO DE FIRMAS y DOCUMENTAL: A los fines del reconocimiento de la documental obrante en autos por parte de las personas que los han suscripto, fíjase primera audiencia para el día 03 de octubre de 2014 dentro del horario de 8.00 horas a 10 horas, a la que deberán comparecer los sres. Roberto Arborelo, Mónica Otermin y Matías Ezequiel Sahiuque, nota de fs. 38/40, nota de fs. 42/45 y recibos de haberes de fs. 70/91, respectivamente. Notifíquese.-
PRUEBA DEMANDADA (Mafre Argentina ART S.A.):
DOCUMENTAL EN PODER DE TERCEROS:
INFORMATIVA: Líbrese oficio a la Superintendencia de Riegos del Trabajo a fin de que informe si Mapfre Argentina ART S.A. se encuentra inscripta en vuestos registros, remita detalle histórico de las aseguradoras contratadas por Martín Diego Abbate Murcia.-
A los fines previstos en el art. 368 del CPCC, fíjase audiencia para el día 30 de octubre de 2014 a las 10:30 horas, a la que deberá comparecer a absolver posiciones el sr. Martín Diego Abbate Murcia, debidamente documentado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 417 del CPCC.-
A los fines de recepcionar la absolución de posiciones del Representante legal de Mapfre Argentina ART S.A. líbrese oficio con los recaudos de la ley 22172 al Juzgado de Igual Clase y en Turno de la Ciudad de Buenos Aires.-
Notifíquese a las partes por Secretaría las audiencias dispuestas precedentemente, haciéndoles saber que quedan a su cargo las restantes notificaciones.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro