Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 42424

N° Receptoría:

Fecha: 2014-09-18

Carátula: SURA Nazario S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: TENGASE PRESENTE -ACOMPAÑESE

SURA Nazario S/ SUCESION AB INTESTATO"

(Expte. Nro. 42424)

//neral Roca, 18 de septiembre de 2014.-

Téngase presente la conformidad prestada por los herederos con la adjudicación de los automotores dominios: XEC 273 y VBG 273.-

En cuanto a la inscripción peticionada adviértase que los certificados sobre condiciones de dominio y los informes de libre deudas por patentes y libre inhibición del causante se encuentran vencidos. Actualícese los mismos y hágase saber que tiene una vigencia de quince días el informe del RPA ((art. 16 2do. Párrafo del Decreto Ley 6582/58). Asimismo acompáñese libre inhibición de los herederos:  Juan Domingo Sura, Jesús Nazario Sura y Carlos Saúl Sura. Por razones de economía procesal y a fin de evitar el vencimiento de tal documental, acompáñese en forma íntegra y en un solo escrito lo requerido.-

Cumplido y para el caso de que los automotores se encuentren libre de todo gravámen, el causante y los herederos detallados precedentemente se hallen sin anotaciones personales registradas, líbrese oficio de estilo al Registro de la Propiedad del Automotor a fin de inscribir la Declaratoria de Herederos y adjudicación de fs. 79 respecto de los automotores dominios XEC-273 y VBG-273 , a favor de Lucrecia Poblete-

Hágase saber que en el oficio deberá constar el DNI, CUIL,de la Sra. Poblete y la persona facultada para el diligenciamiento.-

Asimismo con las constancias de fs. 43 y 53 debe tenerse por acreditado el pago a Rentas y Caja Forense.

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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