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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: F-2RO-419-C3-14
N° Receptoría: F-2RO-419-C2014
Fecha: 2014-09-18
Carátula: LISI BRUNO S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: DECLARATORIA de HEREDEROS
//neral Roca, 18 de septiembre de 2014.c
VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "LISI BRUNO S/SUCESION" (Expte. Nro. F-2RO-419-14).-
CONSIDERANDO: Se promueve el presente sucesorio por el fallecimiento de Bruno Lisi, ocurrido el 01 de abril de 2014 en General Roca, Río Negro (certificado a fs.3).
El causante se encontraba unido en matrimonio con Elena Irma Peche, por acto celebado el 21 de julio de 1972 en Allen (Río Negro), certificado a fs. 5.
De dicha unión nacieron:
Karina Roxana: el 14 de octubre de 1973 en Allen (RN), certificado a fs. 4.-
Natalia Paola: el 08 de noviembre de 1978 en Allen(RN), certificado a fs. 6.-
A fs. 12 se declara abierta la sucesión y competente el Tribunal para entender en la misma.-
A fs. 13 y 18 obran oficios al Registro de Juicios Universales y de Testamento con lo que se acredita que a nombre del causante no se han iniciado juicios similares ni se ha registrado disposición testamentaria alguna.-
A fs. 15/17 y 19/21 obran publicaciones edictuales sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los informados precedentemente.-
Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 3565 y 3570 del Código Civil y arts. 699 y 700 del CPC,
RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de BRUNO LISI, le suceden en el carácter de únicos y universales herederos sus hijas KARINA ROXANA y NATALIA PAOLA de apellido LISI y PECHE sin perjuicio de los derechos que por ley corresponde a la cónyuge supérstite ELENA IRMA PECHE sobre los bienes gananciales y los propios si los hubiere.
NOTIFIQUESE y REGISTRESE.
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro