Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0342/2002

N° Receptoría:

Fecha: 2006-06-30

Carátula: CREDIL S.R.L. C/ SALAZAR HECTOR JAVIER S/ EJECUTIVO

Descripción: APRUEBA LIQ - EMBARGO -OF AL BANCO

EXPTE. Nº : 0342/2002.-

CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ SALAZAR HECTOR JAVIER S/ EJECUTIVO.-

Viedma, junio de 2006.-

Atento lo peticionado y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 81 sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébase la misma en cuanto ha lugar, por derecho en la suma de $ 478 en concepto de intereses de capital, calculados al 31/05/06, modificada que fuera en la fecha de actualización.-

Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado, sr. Héctor Javier Salazar como empleado de la Policía de Río Negro, hasta cubrir la suma de $ 478 en concepto de liquidación aprobada, con más la suma de $ 96 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del Suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. -

Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Cristian E. Mildenberger a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta cubrir la suma de $ 478 en concepto de capital, e informar a este Tribunal, en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro