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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40795
Fecha: 2014-09-12
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ EGEA Carlos Alberto S/ EJECUTIVO
Descripción: REGULACION A LETRADAS DEL DEMANDADO
//neral Roca, 12 de septiembre de 2014.-s
AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados "CREDIL S.R.L. C/ EGEA Carlos Alberto S/ EJECUTIVO" (Expte. 40795).-
CONSIDERANDO: El estado de autos, regulo por su actuación los honorarios de las Dras. Bárbara Villanova y Noelia Caparrós en la suma de $ 570 en forma conjunta y a cargo de su representado. (arts. 6, 8 y 41 ley 2212 R.N.)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-
REGISTRESE.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro