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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 27070/14
Fecha: 2014-09-10
Carátula: MARTIN ANALIA Y OTRAS S/ ACCION DE AMPARO (ART. 43 C. PCIAL)
Descripción: Prov.vs.
Expte.Nº 27070/14-STJ-
///MA, (RN), 09 de septiembre del año 2014.- - - - - - - - - - - ----Proveyendo al escrito de fs. 578:- - - - - - - - - - - - - - ----Atento lo solicitado por la Sra. Directora del C.E.T. Nº 6, Prof. Carola Egle Galaico, autorízase a la nombrada a ingresar y retirar documentación de la Oficina del Jefe de Taller del mencionado centro educativo.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - ----A todo evento, y en tanto y en cuanto la presentación de fs. 578 ha sido precedida de la de igual tenor de fs. 559, creo necesario dejar debida constancia que en la cautelar de fecha 21.08.2014 (fs. 534/535) el suscripto prohibió el uso -exclusivamente- de los talleres del C.E.T. Nº 6 pero en manera alguna dicha prohibición puede ni debe ser entendida como sinónimo de clausura, u oficiar de impedimento absoluto de ingreso de parte de autoridades educativas o de otros organismos del Poder Ejecutivo provincial, a fin de cumplir con obligaciones o cargas propias, ni mucho menos con aquellas que se vinculan con el cumplimiento de la sentencia dictada en autos en fecha 13.08.14.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----Notifíquese.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
SERGIO M. BAROTTO
PRESIDENTE
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro