Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 42011

N° Receptoría:

Fecha: 2014-09-10

Carátula: BANCO DE LA PAMPA S.E.M. C/ PEREIRA SALABERRY Vanesa Gisell S/ EJECUTIVO

Descripción: FIRME LA MONITORIA//SE GLOSA LA DOCUMENTACION /TRASLADO DEL MARTILLERO

BANCO DE LA PAMPA S.E.M. C/ PEREIRA SALABERRY Vanesa Gisell S/ EJECUTIVO

//neral Roca, 10 de septiembre de 2014.- s

Atento las constancias de fs.56 y no habiendo el demandado opuesto excepciones legitimas dentro del término legal que se encuentra vencido según informa la Actuaria en éste acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar.-

Conforme lo dispuesto por los arts. 133 y 542 del C.P.C. las providencias quedarán notificadas por Ministerio de Ley.-

En consecuencia, glósese la documentación original de fs. 15/24.-

Del martillero propuesto, traslado por cinco días.

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

NOTA: De haberse glosado la doc. que se encontraba depositada en Caja Fuerte. CONSTE.-

SANDRA B. RIOS

Jefa de Despacho

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Poder Judicial de Río Negro