Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0582/2014

N° Receptoría: D-1VI-1720-C2014

Fecha: 2014-09-08

Carátula: ROLDAN QUINTIN C/ SODERO JORGE S/ EJECUTIVO

Descripción: EXCEPCION-TRASLADO-ACLARAR

EXPTE. Nº : 0582/2014.-

CARATULA: "ROLDAN QUINTIN C/ SODERO JORGE S/ EJECUTIVO".-

VIEDMA, de septiembre de 2014.-

Por presentado, parte y por constituído domcilio.-

Del planteo formulado, excepción interpuesta y pedido de levantamiento de embargo, traslado a la contraparte por el término de ley. Notifíquese.-

Sin perjuicio de ello, existiendo diferencia en los nombres del demandado, aclárese.-

Hágase saber al profesional interviniente que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

R.B.

Angela Clara Contreras

Jefe de División

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