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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0537/2011
Fecha: 2014-09-08
Carátula: GAUNA OMAR SERGIO C/ GAUNA BLANCA ISABEL Y OTROS S/ ORDINARIO
Descripción: RESUELVE DESIGNA PERITO PSIQUIATRA
EXPTE. Nº : 0537/2011.-
CARATULA: GAUNA OMAR SERGIO C/ GAUNA BLANCA ISABEL Y OTROS S/ ORDINARIO.-
Viedma, de septiembre de 2014.-
Por contestado el traslado conferido a fs. 201.-
Atento las posturas sostenidas por las partes con relación a la producción de la prueba en cuestión y toda vez que de las constancias de la causa no surge que la parte actora fuera notificada del plazo otorgado para el ofrecimiento del perito médico psiquiatra (fs. 126) como allí se dispusiera (notifíquese), esto debe interpretarse que era mediante cédula, al pedido de efectivización del apercibimiento allí previsto, en este estado no ha lugar.-
En consecuencia y no habiendo merecido objeciones el perito propuesto, a los fines de la realización de la pericia desígnase perito psiquiatra al sr. Guillermo Cabella, domiciliado en calle Mitre nº 624 esta ciudad, quien previo al desempeño de sus funciones deberá aceptar el cargo por ante el Actuario dentro de los 3 días de notificado, bajo apercibimiento de remoción. El mismo deberá expedirse sobre los puntos de pericia propuestos por la parte actora a fs. 117 y referido específicamente al estado de salud de las donantes al momento que fuera realizado el acto conforme lo resuelto a fs. 125, debiendo presentar el informe pericial en el término de 15 días. Notifíquese.-
A P
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro