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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40521
Fecha: 2014-09-08
Carátula: SANTOS GENCHI S.A. y EXP.RUR.INACAYAL s/QUIEBRA C/ BONADE S.A. S/ INCIDENTE
Descripción: RECHAZA ACLARATORIA. CONCEDE APELACION EN SUBSIDIO
SANTOS GENCHI S.A. y EXP.RUR.INACAYAL s/QUIEBRA C/ BONADE S.A. S/ INCIDENTE, 40521
General Roca, 8 de septiembre de 2014.-
Examinada la presentación de fs. 91 debe advertirse que las recurrentes invocan y califican como de claro error determinados argumentos a los volcados en la resolución de fs. 90. En consecuencia, corresponde desestimar el recurso de aclaratoria deducido, por cuanto excede de su objeto (arg. art. 166, inc. 2 del C.P.C.C.).-
En consecuencia, concédase el recurso de apelación en subsidio deducido contra la resolución de fs. 90, en relación y con efecto suspensivo (arts 241, 248 del C.P.C.C.).-
Cúmplase con la notificación de fs. 90, respecto de la obligada al pago, y cumplido ello vuelvan a los fines de sustanciar el recurso.-
Oportunamente, elévense a la Alzada.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro