Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40521

N° Receptoría:

Fecha: 2014-09-08

Carátula: SANTOS GENCHI S.A. y EXP.RUR.INACAYAL s/QUIEBRA C/ BONADE S.A. S/ INCIDENTE

Descripción: RECHAZA ACLARATORIA. CONCEDE APELACION EN SUBSIDIO

SANTOS GENCHI S.A. y EXP.RUR.INACAYAL s/QUIEBRA C/ BONADE S.A. S/ INCIDENTE, 40521

General Roca, 8 de septiembre de 2014.-

Examinada la presentación de fs. 91 debe advertirse que las recurrentes invocan y califican como de claro error determinados argumentos a los volcados en la resolución de fs. 90. En consecuencia, corresponde desestimar el recurso de aclaratoria deducido, por cuanto excede de su objeto (arg. art. 166, inc. 2 del C.P.C.C.).-

En consecuencia, concédase el recurso de apelación en subsidio deducido contra la resolución de fs. 90, en relación y con efecto suspensivo (arts 241, 248 del C.P.C.C.).-

Cúmplase con la notificación de fs. 90, respecto de la obligada al pago, y cumplido ello vuelvan a los fines de sustanciar el recurso.-

Oportunamente, elévense a la Alzada.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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