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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0695/2010
Fecha: 2014-09-05
Carátula: AGUIAR CAMILO C/ LANGHI FRANCISCO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: ART. 368
EXPTE. N° 0695/2010
AGUIAR CAMILO C/ LANGHI FRANCISCO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
En el dia de la fecha, 05/09/2014, siendo las 10:30 horas se encuentran presentes en el Tribunal, a los fines de la audiencia prevista en el art. 368 del CPCC, el Dr. Roberto Oscar Gaviña apoderado de la parte actora (CAMILO AGUIAR). Abierto el acto por la Sra. Juez se procede, en primer lugar, a escuchar a la perito psicóloga Belén Alvarez Costa, DNI nº 28.244.370, quien comparece a brindar explicaciones en relación a la pericia psicológica que le fuera encomendada. Acto seguido, se procede a tomar declaración testimonial por la parte actora a los Sres. Teresa Alicia Bonifacio, DNI nº 16.070.086 y José Maglioni, DNI nº 22.132.862 lo cual fue registrado de manera audiovisual (filmación), bajo el nº CLIP_20140905-103225, CLIP_20140905-105111 y CLIP_20140905-105922 respectivamente. En este estado la parte actora insiste en la declaración de los Sres. Rodolfo Osvaldo Videla y Claudio Meyer, respecto de lo cual solicita el auxilio de la fuerza pública. Se devuelven los interrogatorios. No siendo para más se dio por terminado el acto.-
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Poder Judicial de Río Negro