Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41163

N° Receptoría:

Fecha: 2014-09-05

Carátula: BÓVER Juan Carlos S/ PROCESO SUCESORIO

Descripción: a CAJA FORENSE - ORDENA INSCRIPCION

"BÓVER Juan Carlos S/ PROCESO SUCESORIO"

(Expte. Nro. 41163)

//neral Roca, 05 de septiembre de 2014.-c

Agréguese.

Previo a todo vista a Caja Forense a fin de que dictamine sobre las transferencias de fs. 80 y 101 (respecto a los honorarios regulados a fs. 75 y 96).

Fecho y respecto a la inscripción peticionada del bien inmueble, adviértase que los certificados sobre condiciones de dominio y los informes de libre deudas por impuestos, tasas y contribuciones y libre inhibición del causante se encuentran vencidos. Actualícese los mismos y hágase saber que tienen una vigencia de quince días (ART. 24 LEY 17801, LEY K810 ). Por razones de economía procesal y a fin de evitar el vencimiento de tal documental, acompáñese en forma íntegra y en un solo escrito lo requerido (en lo pertinente, Ley 17.801, Ley Provincial K 810, Decreto 1720).-

Cumplido y para el caso de que el bien se encuentre libres de todo gravamen y el causante sin registrar anotaciones personales, líbrese oficio de estilo al Registro Propiedad Inmueble a fin de inscribir la Declaratoria de Herederos (fs. 60) dictada en autos a favor de la heredera Olga Edith Castagnetto, DNI 3.860.603 y sobre el inmueble 04-1-B-633-04A, matrícula matrícula 04-1238, a favor de la heredera declarada, y respecto de la proporción que le corresponde al causante de autos, asi como la disolución de la Sociadad Conyugal en la proporción del 50% restante, con transcripción íntegra de esta providencia y la inclusión de los datos personales de la heredera y persona autorizada para correr con el diligenciamiento de tal oficio.-

Asimismo, con las constancias de fs. 48 debe tenerse por acreditado el pago de impuestos, sellados y contribuciones.

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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