Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0488/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2014-09-02

Carátula: BACIC HECTOR ANTONIO S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: CEDULA SECRETARIA

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

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C E D U L A

Señor: Dr. Miguel Volonté

Domicilio: Laprida 39 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "BACIC HECTOR ANTONIO C/ S/SUCESION AB INTESTATO", Expte. Nº 0488/2012, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, 02 de septiembre de 2014.- Encontrándose las actuaciones retiradas por el Dr. Miguel Angel Volonté, fórmese media carátula e intímese para que en plazo de 48 horas las devuelva, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 128 del CPCC. Notifíquese.- Fdo. Angela Contreras - Jefe de División".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de septiembre de 2014.-

*05TXHO.1RWBES*

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Poder Judicial de Río Negro