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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0374/2008
Fecha: 2014-09-01
Carátula: CEVOLI CARLOS Y LEON MATILDE BLANCA S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: ART - REGULACION DE HONORARIOS- traer certif.
EXPTE. N° 0374/2008.-
CARATULA: CEVOLI CARLOS Y LEON MATILDE BLANCA S/ SUCESION AB INTESTATO.-
Viedma, de septiembre de 2014.-
Agréguese.-
Tiénese presente la denuncia de bienes componentes del acervo hereditario.-
A los fines que se expida con relación a los sellados abonados a fs. 72, pasen las actuaciones en vista a la Agencia de Recaudación Tributaria.-
Atento lo peticionado, teniendo en cuenta el estado de autos y constancias de la causa, regúlanse los honorarios profesionales del Dr. Hugo Lapadat en la suma de $ 29.482,62 con cargo a la sucesión y por los trabajos realizados e incluidas las tareas de inscripción. (Coef.: 11% M.B .: $ 268.023,83 -valuación fiscal y cotización de fs. 73 y de fs. 75-) -arts. 8, 25, 44, 48 y 50 Ley G 2.212-. Notifíquese y del aporte efectuado a fs. 71, córrase vista a la Caja Forense.-
A los fines de la oportuna inscripción deberan acompañarse certificado de inhibiciones de los causantes, informes de dominios y gravámenes y certificado catastral del inmueble.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro