include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0397/81/5
Fecha: 2014-08-29
Carátula: AMADO DE ALZURRIA IRENE CAMILA S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: REGULACION DE HONORARIOS - HOMOLOGA
EXPTE Nº 0397/81/5
AMADO DE ALZURRIA IRENE CAMILA S/ SUCESION AB INTESTATO
Viedma, de agosto de 2014.-
Atento el estado de autos, constancias de la causa y teniendo en cuenta el acuerdo arribado por las partes a fs. 121, homológaselo en todos sus términos, quedando establecidos los honorarios profesionales del Dr. Ovidio Castello en la suma de $ 5.000, con cargo a la sucesión y por los trabajos realizados e incluidas las tareas de inscripción. Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
De los aportes efectuados a fs. 123/124, córrase vista a la Caja Forense.-
Sin perjuicio de ello y previo a la inscripción del bien componente del acervo hereditario deberá cumplirse con la medida cautelar cuya toma de razón obra a fs. 116 y/o realizar las gestiones que estime corresponder.-
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro