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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0329/2006
Fecha: 2006-06-28
Carátula: CASTRO RAMON OSCAR C/ GALABURRI REINALDO DOMINGO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS) S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Descripción: PREVIO
EXPTE. Nº : 0329/2006.-
CARATULA: CASTRO RAMON OSCAR C/ GALABURRI REINALDO DOMINGO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS) S/ EJECUCION DE HONORARIOS.-
Viedma, junio de 2006.-
Por presentado, parte y constituído el domicilio.-
Agréguese la documentación acompañada y teniendo a la vista las actuaciones principales que tramitan por Expte. n° 0319/2005, certifíquese la misma por Secretaría.--
Asimismo y en atención a la naturaleza de las presentes actuaciones denúnciese un bien a embargo (conf. art. 502 del C.Pr.), en consecuencia, a lo solicitado en el punto IV del escrito en despacho, no ha lugar, debiendo ocurrir a las instituciones correspondientes.-
Hágase saber a la profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
Déjase constancia de la iniciación del presente trámite en los autos principales.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro