Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 27052/14

N° Receptoría:

Fecha: 2014-08-28

Carátula: DIAZ VIVIANA Y OTROS S/ MANDAMUS

Descripción: Sentencia-ced

///MA, 28 de agosto de 2014.-

VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “DIAZ VIVIANA Y OTROS S/ MANDAMUS" (Expte.N°27052/14-STJ-), puestas a despacho para resolver, y- - - - - - - - - - - - - - - - - - - CONSIDERANDO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --

El señor Juez doctor Enrique J.MANSILLA dijo:- - - - - - - - - --

-----A fs. 66 el doctor Pedro F. Casariego solicita regulación de honorarios profesionales por su labor en autos.- - - - - - - - --

-----A 53/62, mediante Se.Nº 66 se rechazó la acción intentada a fs. 24/26 por Viviana Díaz, Miguel Mesa y Fabio Daniel Gutiérrez, en carácter de Concejales de la Municipalidad de Sierra Grande, integrantes del Bloque de la Concertación para el Desarrollo.Sin costas, atento la cuestión debatida en autos. (art.68 2do.pá.cód.Proc.Civ. y com.).- - - - - - - - - - - - - - - - - - ------Que a fs. 38/40 el doctor Pedro F.Casariego concurre patrocinando al señor Intendente de la Municipalidad de Sierra Grande Renzo Tamburrini, contestando el informe solicitado a fs.27 por el señor Presidente del Superior Tribunal.- - - - - - -----Que en razón de lo expuesto precedentemente, corresponde fijar prudencialmente la retribución del profesional peticionante, teniendo en cuenta la amplitud, calidad y eficacia de la labor desarrollada, y a la luz de lo prescripto por el art. 37 de la Ley de Aranceles Nº 2212, regulánse los honorarios profesionales del doctor Pedro F.Casariego en la suma de Pesos SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO (6.555) (15 jus).- - - - - -----MI VOTO.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --

Los señores Jueces doctores Ricardo A.APCARIÁN, Liliana L.PICCININI y Adriana C.ZARATIEGUI dijeron:- - - - - - - - - - --

-----Adherimos al voto y regulación propuesta por el señor Juez preopinante.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----ASI VOTAMOS.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

El señor Juez doctor Sergio M.BAROTTO, dijo:- - - - - - - - - -

-----Atento la coincidencia de los señores jueces preopinantes, me abstengo de emitir opinión (art.39 L.O.).

-----MI VOTO.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --

-----Por ello,

EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

R E S U E L V E:

Primero: Regular los honorarios profesionales del doctor Pedro F.Casariego en la suma de Pesos SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($ 6.555) (15 Jus, art.37 Ley de Aranceles Nº 2212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con los aportes previstos en la Ley Nº 869.- - - - - - - - - - - - - - - - Segundo: Regístrese, notifíquese y oportunamente archívese.- - --

Fdo: ENRIQUE J.MANSILLA JUEZ RICARDO A.APCARIAN JUEZ LILIANA L. PICCININI JUEZA ADRIANA C.ZARATIEGUI JUEZA SERGIO M.BAROTTO JUEZ EN ABSTENCION ANTE MI:EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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