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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0998/2012
Fecha: 2014-08-28
Carátula: IERACITANO MARIA GABRIELA C/ LEDESMA ALBERTO JULIAN S/ DESALOJO (Sumarísimo)
Descripción: DECRETO DE REBELDIA - cuestión de puro derecho
EXPTE Nº 0998/2012
IERACITANO MARIA GABRIELA C/ LEDESMA ALBERTO JULIAN S/ DESALOJO (Sumarísimo)
Viedma, de agosto de 2014.-
Atento lo solicitado, lo que resulta de las constancias de la causa e informando en este acto el Actuario, encontrarse vencido el término acordado al accionado para contestar la demanda y comparecer a estar a derecho sin que lo hubiere efectuado, hágase efectivo el apercibimiento previsto por el art. 59 del CPCC y en consecuencia, declárase la rebeldía del demandado, sr. Alberto Julián Ledesma. Notifíquese.-
Atento el estado de autos, teniendo en cuenta lo peticionado y de conformidad con lo previsto por el art. 359 del CPCC, declárase la cuestión de puro derecho y pónganse las actuaciones en Secretaría por el término de 5 días comunes.-
Rosana Calvetti
Juez
Luciano Minetti Kern
Secretario
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Poder Judicial de Río Negro