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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0813/2013
N° Receptoría: A-1VI-112-C2013
Fecha: 2014-08-27
Carátula: VILLARINO GLORIA ELIZABETH Y OTRO C/ MARICH RODOLFO NICOLAS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: CONTESTA DEMANDA
EXPTE. Nº 0813/2013
CARATULA: VILLARINO GLORIA ELIZABETH Y OTRO C/ MARICH RODOLFO NICOLAS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Viedma, de agosto de 2014.-
Por presentado, parte en el carácter de gestor procesal y por constituido el domicilio. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo de 30 días de conformidad con lo previsto por el art. 48 del CPCC y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-
Por contestada la demanda en tiempo y forma.-
Hágase saber al profesional interviniente que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
Luciano Minetti Kern
Secretario
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Poder Judicial de Río Negro