Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: A-2RO-154-C3-13

N° Receptoría: A-2RO-154-C2013

Fecha: 2014-08-27

Carátula: ARTUS ALEJANDRA C/ ANGELONI FERNANDO S/ COBRO DE PESOS (Ordinario)

Descripción: INTIMACION PERITO CONTADOR AUDIENCIA DE PRUEBA

ARTUS ALEJANDRA C/ ANGELONI FERNANDO S/ COBRO DE PESOS (Ordinario), A-2RO-154-C3-13

General Roca, 27 de agosto de 2014.-

Atento lo pedido en el acta que antecede, y tiempo transcurrido desde la presentación de fs. 70, intímase al perito contador para que dentro del término de cinco días cumpla con la labor que le ha sido encomendada bajo apercibimiento de remoción (art. 470 del C.P.C.C.).- Notifíqueselo por cédula.-

Por último, déjase constancia de que debido a un error involuntario, en el acta que antecede se ha omitido consignar que la parte demandada ha desistido de la confesional ofrecida.- Hágase saber.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

Autos: "ARTUS ALEJANDRA C/ ANGELONI FERNANDO S/ COBRO DE PESOS (Ordinario)" (Expte. Nro. A-2RO-154-C3-13)- Juzgado Civil III

En la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro, a los 27 días del mes de agosto de 2014, siendo las 8,30 horas, comparecen ante SS, la Dra. Rosa Ana Magyar, y el Sr. Fernando Angeloni con el patrocinio del DR. Lisandro Lopez Mayer. Abierto el acto se deja constancia que para la audiencia de prueba del día de la fecha se procede a recibir la confesional de Alejandra Artus y comparecen en calidad de testigos los Sres.Viviana Alejandra Ose, testigo excluido, Juan Ventura Rosas, Victor Hugo Muñoz, y Eduardo José Podlesch, cuyos datos personales han quedado registrados en el respectivo medio audiovisual.-

La actora solicita que se intime al perito contador a realizar su labor, pasando a despacho estas actuaciones a sus efectos.-

Asimismo, se da vista en este acto de la presentación que antecede de la demandada.- Tomadas todas las declaraciones testimoniales se hace saber a las partes que deberán entregar al Tribunal en el término de TRES días los correspondientes DVDs para la grabación de las audiencias. No siendo para más se da por terminado el acto, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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Poder Judicial de Río Negro