Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 17137-102-13

N° Receptoría: N-3BA-136-C2013

Fecha: 2014-08-26

Carátula: CHAVES, JUAN CARLOS / VILLAGRAN, MALVA Y OTROS- INTERDICTO DE RECOBRAR (SUMARISIMO)- S/ MEDIDA CAUTELAR

Descripción: Por cont.traslado (revocatoria). Acredita depósito: traslado CASACIÓN

CHAVES, JUAN CARLOS C/ VILLAGRAN, MALVA Y OTROS- INTERDICTO DE RECOBRAR (SUMARISIMO)- S/ MEDIDA CAUTELAR (17137-102-13).

San Carlos de Bariloche, 26 de agosto de 2014.A

A fs.177/181: Por contestado el traslado.

A fs.182/183: A) Por acreditado depósito. Del recurso de casación interpuesto en subsidio (fs.162/173), córrase traslado a la contraria por el término de 10 días, debiendo ésta constituir domicilio en la ciudad de Viedma, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art.288 del CPCC. Notifíquese por cédula a cargo de la parte interesada.

B) Por constituido domicilio en la Alzada.-

Emilio Riat

Presidente

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