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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36111
Fecha: 2006-06-28
Carátula: MENDOZA Viviana B. C/ARQUITECTOS SRUR y SRUR SA S/ Sumario
Descripción: ratif.gestion.certificacion de prueba.-
//neral Roca, 28 de JUNIO de 2006.-
Al punto I, téngase presente la ratificación efectuada.-
Al punto II, certifique la Actuaria.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Sra.Juez:
CERTIFICO: Que el término de producción de prueba se encuentra vencido, habiendose realizado la totalidad de la oportunamente ofrecidas por las partes.-
SECRETARIA, 28 de JUNIO de 2006.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
//neral Roca, 28 de JUNIO de 2006.-
Atento la certificación que antecede, clausúrase el período probatorio.-NOT.-
Al pedido de que se coloque el expediente a disposición de las partes para alegar, estése a lo dispuesto por el art. 495 del CPC.-
Cúmplase con lo dispuesto por el art. 118 inc.3o del CPC respecto de los Dres. Alejandro David Cataldi y Sergio Mario Barotto.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro