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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38659
Fecha: 2014-08-22
Carátula: ALTAMIRANO Florindo Malco S/ PROCESO SUCESORIO (Ex 1102-11-06)
Descripción: VTA PARA ORDEN DE PAGO
"ALTAMIRANO Florindo Malco S/ PROCESO SUCESORIO (Ex 1102-11-06)"
(Expte. Nro. 38659)
//neral Roca, 22 de agosto de 2014.-
Agréguese y téngase presente.-
Advertido en este estado que ante la aclaración requerida a fs. 186, a fs.187 se ha cumplimentado con ello adjuntando copia de la declaratoria de herederos dictada en el proceso sucesorio de Diana Laura Altamirano (fs. 183/4), debe dejarse sin efecto la intervención en autos de la Sra. Defensora de Menores por el niño Gaspar Octavio Altamirano, por cuanto no resulta ser heredero del causante de autos.-
Asimismo, encontrándose cumplido con Caja Forense -fs. 132- con Rentas -fs. 37, 70-, y habiendo prestado conformidad todos los herederos (fs. 177), corresponde librar oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de que de la cuenta 126694831 abone la suma de U$S 8.306 -tal lo peticionado a fs. 175 punto II- a la Sra. Teresa Gladys del Castillo D.N.I. 4.623.733, en concepto de cancelación de cuota particionaria de los herederos. Cúmplase por Secretaría.-
En lo que hace al niño Gaspar Octavio Altamirano, ocurra ante tal sucesorio en su caso.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro