Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: R-2RO-1-C3-13

N° Receptoría: R-2RO-1-C2013

Fecha: 2014-08-21

Carátula: MOREIRA María Teresa C/ PEREZ Jorge Valentin s.Sucesión S/ FILIACION (c) (Ex Expte. 42565)

Descripción: ACTA PRELIMINAR//NOTA QUE NO SALIO EL EXPTE.

Autos: "MOREIRA María Teresa C/ PEREZ Jorge Valentin s.Sucesión S/ FILIACION (c) (Ex Expte. 42565)" (Expte. Nro. R-2RO-1-C3-13)- Juzgado Civil III

En la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro, a los 24 días del mes de julio de 2014, siendo las 10,00 horas, comparecen ante S.S. a la audiencia prevista para el día de la fecha, el Dr. Fernando Andrés Carrasco -invocando en este acto el art. 48 del C.P.C.C. por la parte actora, adjuntado cerrtificado que se agrega y del que se da vista a los restantes; asimismo, JORGE LUIS PEREZ y MARIA FERNANDA PEREZ en el carácter de herederos de JORGE VALENTIN PEREZ con el patrocinio del Dr. José Luis Zuain, y por los Sres. VALENTIN PEREZ y JOSEFA ELVA BONAVITTA, la la Dra. Eliana Noelia Aguilar, adjuntando certificado médico que se agrega y ello sin perjuicio de advertirse que no resultan ser partes por cuanto no son herederos de Jorge Valentin Perez..-

Abierto el acto, a los fines de acreditar el vínculo filiatorio invocado, se abre el juicio a prueba y se fija el plazo para la misma hasta la fecha de la audiencia de prueba (art. 367 y 368 del CPC) la que se fija para el día 17 de SETIEMBRE de 2014 a las 10 horas de lo que quedan las partes notificadas en este acto.

I.- Proveyendo la prueba ofrecida por la parte actora a fs. 7vta. y 8 vta.A LA DOCUMENTAL: Téngase presente.-

A LA PERICIAL DE ADN: A los fines dispuestos por Acordada Nro. 468/99 del S.T.J. y con relación a los Sres. MARIA TERESA MOREIRA (D.N.I. 24.626.880), VALENTIN PEREZ (L.E. 7.382.328) y JOSEFA ELVA BONAVITTA (L.C. 6.068.423) pasen al Cuerpo Médico Forense con preferente y pronto despacho y ello en atención a haberse denunciado en autos la avanzada edad de los últimos nombrados, el domicilio real denunciado y la colaboración reiterada que han prestado en autos.-

A LA CONFESIONAL: desiste.-

A LA TESTIMONIAL: desiste.-

A LA INSTRUMENTAL: Oportunamente, agréguese por cuerda el Expte. Sucesorio Nro. 42167.

A LA INFORMATIVA: desiste.-

II.- Proveyendo la prueba ofrecida por los herederos de Jorge Valentin Perez a fs. 39 vta., A LA DOCUMETNAL: Téngase presente.-

A LA PERICIAL DE ADN: Estése a lo ordenado precedentemente.-

A LA CONFESIONAL: Para la absolución de posiciones de MARIA TERESA MOREIRA, estése a la audiencia de prueba fijada precedentemente a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de tenerlo por confeso en caso de incomparecencia injustificada, quedando notificado en este acto.-

Téngase presente la colaboración prestada en autos por los Sres. Valentin Perez y Josefa Elva Bonavitta a fs. 49 y 63 a los fines de la realizacion de la PERICIAL -padres de quien en vida fuera Jorge Valentín Perez-.-

No siendo para más se da por terminado el acto, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

"MOREIRA María Teresa C/ PEREZ Jorge Valentin s.Sucesión S/ FILIACION (c) (Ex Expte. 42565)"

(Expte. Nro. R-2RO-1-C3-13)

NOTA: Se deja constancia que el presente expediente no ha salido en lista de despacho el día 24 de julio de 2014 por lo que se agrega en el día de la fecha.-

Secretaría, 21 de agosto de 2014.-s

ANAHI MUÑOZ

Secretaria

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro