include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 42481
Fecha: 2014-08-21
Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ EDE Mariela Inés S/ EJECUTIVO
Descripción: NULIDAD DE LA CEDULA
AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ EDE Mariela Inés S/ EJECUTIVO
/neral Roca, 21 de agosto de 2014.-s
Atento las constancias de fs. 65/6, lo dispuesto por la Cámara Civil de Apelaciones en los autos: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/HENRIQUEZ ELIANA PATRICIA S/EJECUTIVO (36377-J5-13), decrétase la nulidad de la notificación mencionada precedentemente.-
Líbrese nueva en iguales condiciones a las ordenadas a fs. 39 haciéndole saber al oficial de justicia que de la lectura del acta respectiva deberá surgir el cumplimiento de los recaudos exigidos por los arts. 140/141 del C.P.C.C..-
Téngase por oblado el impuesto de Justicia, Sellado de Actuación y contribuciones varias.-
Téngase presente la conformidad prestada por Caja Forense en el otro si digo, con el aporte acompañado.-
Agréguese el informe bancario.-
Al libramiento de fondos, oportunamente si correspondiera.-
Concédese el préstamo solicitado por el término de tres días.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
<*****>
Poder Judicial de Río Negro