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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: L-2RO-5-C3-13
N° Receptoría: L-2RO-5-C2013
Fecha: 2014-08-20
Carátula: TAMBORINI WALTER C/ SERVICIOS QUIMICOS INTEGRALES S/ MEDIDA CAUTELAR
Descripción: AGREGA CEDULA- APELACION
"TAMBORINI WALTER C/ SERVICIOS QUIMICOS INTEGRALES S/ MEDIDA CAUTELAR"
(Expte. Nro. L-2RO-5-C3-13)
//neral Roca, 20 de agosto de 2014.-j
Proveyendo el escrito de fs. 173, al punto 1, téngase presente la caución ofrecida.-
Al punto 2, téngase presente lo manifestado.-
Proveyendo el escrito de fs. 176, agréguese.-
Proveyendo el escrito de fs. 177, concédese en relación el recurso de apelación interpuesto, con efecto devolutivo.-
Intímase a la demandada -recurrente- para que dentro del término de cinco días presente en autos copia de lo obrado a fs. 115/130 y de esta providencia, así como de fs. 64/74 y 251/53 de los autos principales "Tamborini Walter c/Servicios Químicos Integrales SRL s/Nulidad (Ordinario) Expte. 41789), a los fines de formar el incidente previsto por el art. 250 C.P.C.C. y bajo apercibimiento de declararse desierto su recurso (art. 250 inc. 2 y 3 del C.P.C.C.).-
Hágase saber que los presentes serán elevados juntos con los autos principales.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro