Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: A-2RO-114-C3-13

N° Receptoría: A-2RO-114-C2013

Fecha: 2014-08-20

Carátula: BONFORTE MARCELO ELIAS C/ RACHED EDMUNDO OSCAR S SUCESION S/ ORDINARIO

Descripción: HAGASE SABER-CONTESTA DEMANDA

"BONFORTE MARCELO ELIAS C/ RACHED EDMUNDO OSCAR S SUCESION S/ ORDINARIO"

(Expte. Nro. A-2RO-114-C3-13)

//neral Roca, 20 de agosto de 2014.-c

Proveyendo el escrito de fs. 86, hágase saber el dictamen de la Defensora de Menores.

Proveyendo el escrito de s. 94/96, por presentado, en mérito del poder adjuntado, parte y con domicilio.

Respecto a Gustavo Edmundo Rached, téngase por presentado, en el carácter invocado -art. 48 del CPC-

Téngase por contestada la demanda en legal tiempo y forma por Julieta Esther, Daniel Elias, Oscar Edgardo y Gustavo Edmundo Rached.

De la documental acompañada y de lo solicitado a fs. 95 vta. punto VII, traslado. Not.

Proveyendo el escrito de fs. 97/8, manteniendo la suscripta el criterio de fs. 85 3er párrafo y teniendo en cuenta el dictamen de la Defensora de Incapaces de fs. 86, a la revocatoria interpuesta no ha lugar.

Estése a lo dictaminado a fs. 86 y cúmplase con lo ordenado a fs. 85 2do y 4to párrafo.

Proveyendo el escrito de fs. 102, agréguese y téngase presente el poder adjuntado respecto a Gustavo Edmundo Rached.

Téngase presente la ratificación de gestión realizada.

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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Poder Judicial de Río Negro