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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40960
Fecha: 2014-08-20
Carátula: BANCO CREDICOOP Coop. Ltdo. C/ CABRAL CRUSELL Oscar Daniel S/ EJECUTIVO
Descripción: INTIMAC. A EMPLEADORA
"BANCO CREDICOOP Coop. Ltdo. C/ CABRAL CRUSELL Oscar Daniel S/ EJECUTIVO"
(Expte. Nro. 40960)
//neral Roca, 20 de agosto de 2014.-j
Al punto I, agréguese.-
Al punto II, atento lo solicitado y las constancias de autos, intímase a la empleadora Logística del Comahue SA para que en el término de CINCO días dé cumplimiento con el embargo ordenado por oficio del 26/06/14 recepcionado el 27/06/14, o en su caso informe sobre las circunstancias que impidan dar su cumplimiento, bajo apercibimiento de multa la que se fija en este acto en la suma de $ 20.- diarios por cada día de retardo y con el tope de las sumas que omita embargar. Notifíquese, a cuyo efecto líbrese cédula con transcripción del cuerpo del oficio de fs. 108 y transcripción del artículo 399 del CPC.-
Al punto III, encontrándose vigentes las medidas de inhibición, a la reinscripción no ha lugar.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro