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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0012/2011
Fecha: 2014-08-15
Carátula: ZAGARI NICODEMUS C/ MARGIOTTA MATIAS MIGUEL S/ EJECUTIVO
Descripción: REG. HON. POR EJ. DE SENTENCIA CON TOPE nuevo 2014
EXPTE. Nº 0012/2011
CARATULA: ZAGARI NICODEMUS C/ MARGIOTTA MATIAS MIGUEL S/ EJECUTIVO
Viedma, de agosto de 2014.-
Por recibido.-
Agréguese y tiénese presente.-
Por aplicación de lo establecido en los arts. 6, 7, 34 LA y 16 del CC, y a fin de no ocasionar una evidente e injustificada desproporción entre la importancia del trabajo efectivamente cumplido y la retribución resultante de la aplicación directa de las normas arancelarias, regúlanse los honorarios profesionales de los Dres. Pablo Daniel Montenegro y Danilo Javier Vega, en conjunto, por los trabajos de ejecución, en el equivalente a 3 jus. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro