Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 13809-044-06

N° Receptoría:

Fecha: 2006-06-27

Carátula: SINDICATURA EX. BID / GARRO JOSE S/ EJECUCION PRENDARIA S/ TERCERIA DE DOMINIO

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº13809-044-06

Tomo: 3

Auto Interlocutorio:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 27 DE JUNIO DE 2006

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “SINDICATURA EX BID C/GARRO JOSE S/EJECUCION PRENDARIA S/TERCERIA DE DOMINIO”, expte. nro.13809-044-06 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO: Que resulta necesario tener a la vista las causas caratuladas:

1. “Garro, Ernesto y Morales, Liliana s/ divorcio vincular” (expte. n° 13.369-252-97)

2. “Sindicatura ex BID c/ Garro, José s/ ejecución prendaria” (expediente principal)

3. “Sindicatura ex BID c/ Garro, José s/ PVE” (expte. n° 23.974-04); respectivamente citados por las partes y el sr. Juez a quo.

- - -Por ello la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL

- - -RESUELVE: I) REQUERIR ad effectum videndi et probandi las causas mencionadas en los considerados.

- - -II) OFICIESE. Confección y diligenciamiento de los oficios respectivos, a cargo de la recurrente.

- - -III) INTERIN, interrúmpase el plazo para fallar.

- - -IV) NOTIFICAR lo aquí resuelto, disponiendo su registro y protocolización.

HORACIO OSORIO EDGARDO CAMPERI LUIS ESCARDO

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

ANTE MI:

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