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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: A-2RO-188-C3-13
N° Receptoría: A-2RO-188-C2013
Fecha: 2014-08-14
Carátula: TOME ANTONIO C/ SAN FORMERIO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: PRELIMINAR (TRAMITE ORDINARIO) AGREGA PRUEBA
Autos: "TOME ANTONIO C/ SAN FORMERIO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)" (Expte. Nro. A-2RO-188-C3-13)- Juzgado Civil III
En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, siendo las 8,30 hs. del día 14 de agosto de 2014, comparecen ante S.S. a la audiencia prevista para el día de la fecha, Antonio Tome con patrocinio del Dr. Luis H. Veuthey, y por la otra, el Dr. Juan Francisco Alberti apoderado de San Formerio S.R.L., junto con el Sr. Manuel Muñoz quien menciona ser socio gerente de la empresa. Abierto el acto, las partes manifiestan que no hay posibilidades de llegar a un acuerdo, por lo que se pasan a determinar los hechos controvertidos que consisten en: acreditar los presupuestos de la responsabilidad civil, existencia de los daños y cuantía en su caso.-
En razón de ello, se abre el juicio a prueba y se fija el plazo para la misma hasta la fecha de la audiencia de prueba (art. 367 y 368 del CPC) la que se fija para el día 10 de diciembre de 2014 a las 8,30 hs..de lo que quedan las partes notificadas en este acto.-
I.- Proveyendo la prueba ofrecida por la parte actora fs. 13 Y 36
DOCUMENTAL: Téngase presente.-
CONFESIONAL: Para la absolución de posiciones del Representante legal de San Formerio SRL estése a la audiencia de prueba fijada precedentemente a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de tenerlo por confeso en caso de incomparecencia injustificada, quedando notificado en este acto.
INFORMATIVA: Ofíciese a lafirma Saturno S.A., con adjuncion e la respectiva documental y en los términos del art. 398/399 del CPC.-
INSTRUMENTAL: Líbrese oficio al Juzgado de Instrucción N° II de General Roca a fin de que remitan el expte. DESTACAMENTO 128 MOSCONI S/ INVESTIGACION LESIONES GRAVES CULPOSAS (43327-J.2-11), por el término de quince días si es para realizar una pericia o por el término de cuarenta días si es para dictar sentencia y siempre que la misma se encuentra concluida y su estado lo permita.- Líbrese oficio al Cuerpo de Bomberos de Allen a fin de que remitan el informe técnico de fecha 20 de marzo de 2013 suscripto por el Oficial Roberto Cartolano y oficio a la Comisaría 22 de Cervantes a los efectos que se sirva remitir el informe técnico del 20 de marzo de 2013 realizado por el Oficial Roberto Cartolano.
TESTIMONIAL: Para la declaración de Liliana Villaruel, Ramón Cineneter y Roberto Cartolano fíjase como primera audiencia la indicada precedentemente, bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública a la audiencia complementaria que se fijará oportunamente y a petición de las partes. La parte asume la carga de hacerlos comparecer.-
PERICIAL ELECTRICISTA: Desígnase perito Alberto Julio Delord con domicilio en 9 de julio 541, 1° piso, oficina 4 de General Roca, quien deberá aceptar el cargo dentro del tercer día de notificado y llevar adelante su cometido en el término de quince días bajo apercibimiento de remoción. Not.-
II.- Proveyendo la prueba ofrecida por la parte demandada fs. 33:
DOCUMENTAL: Téngase presente.-
CONFESIONAL: Para la absolución de posiciones de Antonio Tome estése a la audiencia de prueba fijada precedentemente a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de tenerlo por confeso en caso de incomparecencia injustificada, quedando notificado en este acto.
INFORMATIVA: Líbrese oficio a Horizonte Compañía de Seguros Generales S.A. a los fines solicitados, y en los términos de los arts. 398/399 del CPC.-
TESTIMONIAL: Para la declaración de Victor Carriqueo, Edgardo Castro, José Ibañez y Gladys Hernandez fíjase como primera audiencia la indicada precedentemente, bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública a la audiencia complementaria que se fijará oportunamente y a petición de las partes.La parte asume la carga de hacerlos comparecer No siendo para más se da por terminado el acto, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
"TOME ANTONIO C/ SAN FORMERIO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)"
(Expte. Nro. A-2RO-188-C3-13)
//neral Roca, 14 de agosto de 2014.-
Proveyendo a fs. 33/6: Agréguese la prueba ofrecida por la parte actora y demandada.-
ANAHI MUÑOZ
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro