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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: A-2RO-457-C3-14
N° Receptoría: A-2RO-457-C2014
Fecha: 2014-08-14
Carátula: ORTEGA GABRIELA BEATRIZ C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: INICIO
ORTEGA GABRIELA BEATRIZ C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
//neral Roca, 14 de agosto de 2014.-w
Por presentado, parte y con domicilio.-
Dése intervención a la Comisión de Transacciones Judiciales con asiento de sus funciones en la Fiscalía de Estado, sito en calle 25 de mayo 565, 1er. piso de Viedma a fin de que se expida en la presente demanda, sobre la posibilidad de un acuerdo conciliatorio, en el plazo de VEINTE días de notificada. Vencido dicho plazo sin que sea contestado el requirimiento, hágase saber que proseguirá el curso del proceso a instancias de partes. NOTIFIQUESE mediante cédula directa a Viedma.-
Deposítese en caja fuerte la documental original acompañada.-
Se deja constancia que no se acompañó copia de documental en
una de las copias de traslado presentadas.-
Ténganse presentes las personas autorizadas en el punto XI y la
reserva de caso federal solicitada al punto X) 4.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Juez
NOTA: De haberse depositado documental original de fs 23/44. De haberse
inciado por ante este Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 3 los autos
"Ortega Gabriela Beatriz s/Beneficio de Litigar sin Gastos"·
(M-2RO-319-C3-14)
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Poder Judicial de Río Negro