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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0234/2014
N° Receptoría: A-1VI-168-C2014
Fecha: 2014-08-13
Carátula: RIAL SERGIO ARIEL C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (POLICIA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO) S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: CONTESTA DEMANDA - CITACION EN GARANTIA
EXPTE. Nº: 0234/2014.-
CARATULA: "RIAL SERGIO ARIEL C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (POLICIA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO) S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)".-
Viedma, de agosto de 2014.-
Por presentado, parte en el carácter invocado y constituido el domicilio. Agréguese la copia del expediente administrativo Nº 127775 Año 2014 acompañado y exímese a la demandada de la presentanción de copias, quedando a disposición de la contraria para su consulta.-
Por contestada la demanda en tiempo y forma, de la documental presentada córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-
Atento lo peticionado, cítese en garantía (art. 118 Ley de Seguros) a Horizonte Cía. Argentina de Seguros Generales S.A. por el término de quince (15) días, a quien se emplaza para que conteste en el plazo indicado, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 356 y cc. del CPCC, oponga excepciones y acompañe la prueba documental de que intente valerse. Notifíquese por cédula con entrega de las copias de ley (arts. 135 inc. 1º). Martes y viernes para notificaciones por Secretaría (art. 133 del código citado).-
Previo y a los fines de la notificación ordenada, acompáñese un juego de copias de la documental y escrito obrantes a fs. 3/34. Asimismo, hágase saber al presentante que deberá realizar dicha notificación en el término de quince (15) días bajo apercibimiento de tener por desistida la presente citación.-
A los fines de un mejor ordenamiento procesal, fórmase segundo cuerpo a partir de la foja 201.-
R .B.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro